En 1937, segundo año de la Guerra civil española, se estableció el sistema de redención de penas por trabajo, que permitía a los reclusos reducir tantos días de su condena –primero liberaban un día por cada dos trabajados– como días de trabajo realizado y por lo que recibían una retribución ciertamente miserable, así como una ayuda para la familia. Con este sistema se trataba de gestionar el problema de masificación de los centenares de miles de presos políticos a raíz de la Guerra Civil, pero, sobre todo, se quería crear un sistema de control social brutal sobre los reclusos y sobre sus familias. Todos los condenados lo fueron por tribunales militares y por los delitos de traición o auxilio a la traición, que en derecho español se llaman delitos de rebelión, en una suerte de Justicia “al revés”, pues quienes fueron condenados por rebelión o traición fueron los leales a la Republica. El sistema sobrevivió a la Dictadura y se convirtió en Democracia en un beneficio penitenciario espectacular que permitía hasta el nuevo Código de 1995 reducir a la mita del cumplimiento de las penas de prisión. Lo que interesa aquí hoy es su función en la Dictadura. (LEER COMPLETO AQUÍ)