La guerra y el Derecho de la UE. ¿Devolver el oro de Moscú?

Publicado en El Norte de Castilla el 18 de septiembre de 2023

La guerra es un monstruo que siempre comporta atrocidades.
Hoy la tenemos bien presente todos los días y a las atrocidades también. Francisco de Goya advertía contra los sueños que, sin la razón, producen monstruos. Esta guerra está producida por los sueños del nacionalismo y el imperialismo, dos verdaderos monstruos. Pero los sueños también pueden ayudar a encontrar la razón y la guía para actuar contra las atrocidades. Sueños fueron los del último fiscal de Nuremberg, Benjamín Ferenc, que ha muerto recientemente a los 103 años, y que proclamaba que para prevenir las atrocidades había que prevenir y evitar las guerras mismas. Ante las atrocidades que siguen a esta guerra de agresión contra Ucrania es necesario plantear cuáles sean las tareas que debe llevar a cabo la Unión Europea en términos de política jurídica y criminal. Y lo primero que nos dice la criminología es que la impunidad de las atrocidades es el más fuerte factor criminógeno, por lo cual es imprescindible someter cuando toque a los responsables de esta guerra y de su modo de conducción a la justicia penal, bien a la Corte Penal Internacional, bien a una Corte internacional ad hoc, bien a un Tribunal ucraniano internacionalizado con la cooperación de la Unión Europea.

La Unión Europea no tiene alternativa a la entrega de armas a los ucranianos y a la política de sanciones contra el agresor o, mejor dicho, la única alternativa sería la movilización y la guerra, pues no es soportable someterse a una política imperialista bélica, cuyos límites se
desconocen y que sería fuentes de nuevos peligros. La única alternativa verdadera a entrar en la guerra es proporcionar armamento a un pueblo que se levantó en armas en su día en legítima defensa y aplicar sanciones económicas que, eso sí, de no cesar la guerra, deberían convertirse en sanciones definitivas, con fondos y bienes confiscables y destinados a indemnizar al país víctima, a ayudar a su reconstrucción y a financiar los compromisos financieros en que la UE ha incurrido para financiar el armamento y la solidaridad con los desplazados, más los que sean necesarios para estimular su desarrollo. Pero para garantizarlo jurídicamente hay que incluir la guerra de agresión y los crímenes de guerra entre los delitos que justifican la adopción de medidas restrictivas en el Reglamento 2020/1998, llamado la ley Magnisky europea, y disponer en éste la confiscación de bienes y valores. Lo mismo hay que hacer en las propuestas de Directiva de embargo y comiso y de armonización de los delitos de elusión de las medidas.

En definitiva, la Unión Europea debe hacer frente al reto de diseñar la calificación jurídica de las infracciones del Derecho nacional e internacional a las que se quiere hacer frente. Si no se hace así, se corre el riesgo jurídico de que, termine la guerra como termine, al final habría
que devolver a los rusos todos los fondos embargados y eso, además de absurdo, sería una insensatez. Además, debería hacerse una armonización en la investigación criminal adscribiendo estos delitos nuevos al Fiscal europeo. Son tareas para la Presidencia española del Consejo Europeo, que no se acaban aquí, pues también vinculado a la guerra aparece la ampliación de tratamiento del discurso del odio y el combate de las ‘fake news’.

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