Una máxima que suelo repetir con frecuencia es que «a votar se va leído» como llamada a la responsabilidad del votante que debería informarse bien de qué o a quién vota. Por este motivo, para facilitar la lectura de mi propuesta de documento político-organizativo, en mis próximas publicaciones iré describiendo aquellas cuestiones que considero que lo diferencian. Así intentaré responder a las siguientes preguntas:
- ¿Por qué en mi documento político-organizativo no hay lugar a los cargos a dedo?
- ¿Por qué el Consejo Ciudadano debe reunirse a puerta abierta?
- ¿Por qué propongo un revocatorio voluntario a los 2 años?
- ¿Por qué propongo la estructura de 2 portavoces y 2 organizadores?
Comenzaré con la primera pregunta y alguien, antes, podría preguntarse: ¿acaso Podemos permite la existencia de cargos de libre designación? Pues sí. En el proceso constituyente municipal se contempla la posibilidad de que en los documentos políticos-organizativos, se recoja la existencia de un Consejo de Coordinación que «estará compuesto por XXXX personas elegidas por el Consejo Ciudadano a propuesta del/de la Secretario/a General«. Es posible pensar que, tal y como está redactado, las personas las elige el Consejo Ciudadano y no el Secretario General «a dedo», pero seamos serios, es éste quien las propone. Además, con la existencia de listas, elaboradas de espaldas a los círculos y con la inclusión de personas con un dudoso criterio que se deben al dedo que los propuso, la elección de un Consejo de Coordinación olería muy mal.
Creo que todos estamos un poco hartos de la existencia de esos cargos «a dedo» y seguro que te ha llamado la atención el hecho de que Podemos recoja esta posibilidad.
Pues bien. Desde hace años promuevo la Democracia Participativa y no me cabe en la cabeza la posibilidad de cargos o consejos de personas que no hayan sido elegidos democráticamente por la ciudadanía. Es por ello que, en mi propuesta de documento, con respecto al Consejo de Coordinación, indique que «Podemos Albacete no podrá contar con un Consejo de Coordinación ni cualquier otro cargo o designación que no haya sido elegido democráticamente por la Asamblea Ciudadana Municipal». Creo que el Secretario General debe cumplir sus objetivos sin necesidad de contar con ese Consejo de Coordinación y aprovechar el potencial y las posibilidades del Consejo Ciudadano elegido por la Asamblea Ciudadana Municipal.
Recuerda: a votar, se va leído.