Alcaide y Sotoalcaide

ALCAIDE

El Alcaide es responsable del cuidado de los forzados y esclavos, su manutención y cura cuando están enfermos. El alcaide ha de dar fianza de 500 ducados, rendir cuentas anualmente y relaciones juradas mensuales de lo que se consuma. Debe ser persona de buena conciencia, procurar siempre el alivio de los forzados esclavos; sobre todo cuando caen enfermos.

Él se hace cargo de todos los reos que se remiten a la cárcel y de los esclavos que se compran. Todos los días por la mañana entrega los reos al roncador, para que entren a trabajar en la mina. Con intervención del contador, se la hace entrega de los alimentos, vestuario de cárcel y enfermería; él los distribuye, interviniendo el veedor de la mina del Pozo. También está obligado a asistir diariamente, en presencia de dicho veedor, a la entrega de las raciones de comida y cena.

 

SOTOALCAIDE

El sotoalcaide es el ayudante del alcaide. Tiene en su poder las llaves para abrir y cerrar las puertas de la cárcel. Asiste con el alcaide a hacer las visitas de noche. Habita inmediato a la cárcel y ha de estar siempre dispuesto para abrir cerrar, de día y de noche. Ayudará al alcaide en todo lo que sea necesario.

En 1658 Juan del Corro, natural de Chillón y sotoalcaide de la prisión de forzados, fue condenado a dos años de servicios personales en la mina y al pago de seiscientos maravedíes por la fuga de Cosme López “el mozo” que estaba a su cuidado cuando se fugó (A.H.N. Minas de Almadén, leg. 960). En anotaciones al margen de varios expedientes de forzados aparecen referencias a estos “procesos” contra Alcaides de la cárcel por las fugas sucedidas; a veces se trata de una “valoración” de su responsabilidad al final de su mandato,

de la que, salvo raras excepciones como la señalada, suelen salir bien parados.

Cuando hay fuga de estos presidiarios es responsable el alcaide si se produce en la cárcel, pero si es dentro de las minas, lo son los mayordomos y los almijareros que cuidan de las puertas. Si se fugan de alguna de las dependencias exteriores, responderá el oficial a quien se hubieran entregador los reos.

El roncador es un hombre libre. De manos del alcaide recibe diariamente los forzados y esclavos ensartados en una cadena de hierro, cerrada con candado después de haberla pasado por las sortijas de la cadena que tenía cada uno. Y los lleva a una u otra mina. Cuida de que trabajen y no se distraigan. Era designado sin formal nombramiento ni juramento, por considerársele como un trabajador jornalero, al que no se le pagaba el día que no asistía ni trabajaba. Sin embargo, la Superintendencia General de Azogues aclaró, en 1737, que no era jornalero. Aquel mismo año fue preciso dividir los reclusos entre ambas minas. Lo que trajo consigo el nombramiento de un ayudante de roncador.

Los mayordomos y los almijareros, cuidaban las puertas, y eran los responsables de las fugas que se producían dentro de las mismas.

El contador y el veedor de la mina del pozo, junto con el alcaide, eran los encargados de entregar los alimentos y estaban obligados a asistir diariamente a la entrega de las raciones de comida y cena.

El portero, estaba al cuidado de la puerta de la mina, que permanecía cerrada de noche.