De intracomunitarios a nacionales de terceros paises: consecuencias del Brexit en la libre circulación de trabajadores y el mercado de trabajo de la UE

La salida del Reino Unido (RU) de la Unión Europea (UE) ha tenido un impacto socioeconómico y geopolítico significativo, afectando a los derechos y garantías de los que, ciudadanos y empresas gozaban hasta 2020 en el territorio de las partes: derechos de residencia, libre circulación de bienes, servicios y capitales, derechos de competencia, fiscalidad común, régimen aduanero exento de aranceles, procedimientos administrativos comunes, cooperación judicial, etc., ahora bien, si en un ámbito concreto esta decisión ha tenido más efectos perjudiciales y daños colaterales ha sido en el de la libre circulación de personas trabajadoras y la movilidad laboral.

Desde el 1 de enero de 2021, los ciudadanos del RU son considerados nacionales de terceros países en cualquiera de los Estados de la UE, y viceversa. En efecto, los ciudadanos de la Unión que deciden movilizarse para buscar un empleo o desempeñarlo en territorio británico tienen que cumplir con las normas de inmigración y extranjería aplicables. Igualmente, los nacionales británicos que desean permanecer en un país de la UE durante un período superior a 90 días, sea por el motivo que sea (trabajo, investigación, estudios, formación); solo pueden hacerlo cumpliendo las condiciones de entrada y estancia aplicables a los ciudadanos de terceros países establecidas en el Derecho nacional del Estado miembro y en el Derecho de la Unión.

En este capítulo se analiza el Brexit (acrónimo de Britain Exit) y las consecuencias de su materialización en la libre circulación de personas trabajadoras y en el mercado de trabajo de la UE. Si bien este fenómeno es amplio y complejo, este capítulo se enfoca, primero, en los principales hitos que llevaron a la salida definitiva del Reino Unido. En segundo lugar, se analiza, desde la perspectiva de la libre circulación, los efectos para los ciudadanos y personas trabajadoras. Finalmente, se aporta un análisis de las cifras de migración y de los principales cambios conectados con la movilidad laboral y el mercado de trabajo.

Capítulo incluido en el libro Repercusiones Laborales del Brexit coordinado por el profesor titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Alicante Miguel Basterra Hernández.

Libro disponible en: Aranzadi La ley

ALGUNAS CONCLUSIONES EXTRAIDAS DEL CAPÍTULO:

La consecución del Brexit supuso un cisma sin precedentes en la historia del continente europeo y un retroceso en el avance y expansión de la integración social europea y la denominada ciudadanía de la Unión. Apenas existe literatura académica y evidencias científicas que muestren efectos positivos provocados por este suceso.

El Brexit ha sido fenómeno un inesperado y desconocido desde la perspectiva socio-económica y jurídica. Más allá de lo dispuesto en el art. 50 del TFUE, no existían ni existen previsiones en el Derecho primario que ordenen las opciones de salida de los Estados miembros y es que, la integración en la UE jamás se pensó como un proceso reversible, sino todo lo contrario. Hoy sabemos que la salida de un país del bloque es posible, ahora bien, me atrevo a decir que resulta bastante improbable que vuelva a repetirse, precisamente por los efectos perjudiciales que, especialmente en el Reino Unido, ha supuesto el abandono de la Unión.

Ninguna de las promesas efectuadas en relación con el Brexit por los cuatro primeros ministros británicos que han pasado por Downing Street desde 2016 se han cumplido, especialmente, aquellas que prometían una reducción de la inmigración global del Reino Unido, un control presupuestario, un incremento del PIB o la eliminación del Derecho de la UE incorporado al marco jurídico británico (unas 4.000 leyes que afectarían negativamente a sus intereses).

En términos de libre circulación de personas, afortunadamente no se ha limitado ni restringido el régimen jurídico contenido en el Derecho de la Unión. Es decir, no se han socavado derechos y garantías consolidados para los trabajadores intracomunitarios dentro de la UE-27 (migrantes, fronterizos o desplazados) que residen, se desplazan y/o trabajan en algún Estado miembro. Los efectos negativos para los ciudadanos y trabajadores UE-27 (post-Brexit) se circunscriben a la imposibilidad de desplazarse, residir y trabajar en el territorio del RU (sin visado) y sin las garantías de las que gozan dentro del mercado interior: igualdad de trato y no discriminación por razón de nacionalidad.

Resulta plausible la idea de que la libre circulación de personas y su derivada (la libre circulación de trabajadores) son susceptibles a retrocesos en el marco jurídico y judicial de la Unión. De hecho, quizá la permanencia británica si que hubiera alterado la libre circulación en la UE-28: las propuestas de las instituciones comunitarias en el periodo de negociaciones pre-Brexit en busca de la permanencia británica proyectaron algunas restricciones y limitaciones del ámbito material de esta libertad fundamental, ahora bien, afortunadamente estas propuestas no llegaron a materializarse, precisamente, por la salida del RU de la UE.

Lógicamente, el flujo de migraciones y la movilidad laboral en el territorio europeo se han visto afectados de forma significativa. Especialmente para el RU que ha reducido tenuemente el número de ciudadanos y trabajadores de la UE-27 y, al mismo tiempo, ha visto como el volumen de nacionales de terceros Estados ha crecido progresivamente desde el 2016 y, especialmente, desde el 2021 cuando, la libre circulación entre las partes tocó a su fin. Las necesidades del mercado de trabajo británico, no obstante, siguen ahí y se está produciendo un efecto sustitución no planificado por el Gobierno británico en sectores como el transporte, la hostelería, la agricultura, los servicios, la construcción y la sanidad.

.

BREVE HISTÓRIA (POLÍTICA) Y ALGUNOS HITOS DEL BREXIT

.

.

Gráfico 2.  Población extranjera en el Reino Unido, por nacionalidad (años 2012-2022)

.

Gráfico 3.  Inmigración, emigración y migración neta de ciudadanos UE-27 (2012-2022)

PARA SABER MÁS: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=9686884

Interaction between labour law and immigration regimes: Description of the Spanish System.

Este informe ofrece una visión general de las formas en que los Estados miembros de la UE y del EEE han regulado la inmigración de nacionales de terceros países que entran en su territorio con fines laborales. Se centra en los trabajadores migrantes de corta duración y presenta los resultados de un amplio ejercicio de cartografía realizado por expertos nacionales de 23 países de la UE y dos del EEE en colaboración con el ETUI. La atención se centró en la interacción entre los regímenes jurídicos nacionales de inmigración y el acceso al mercado de trabajo, así como en los derechos laborales de las distintas categorías de trabajadores nacionales de terceros países con contratos de corta duración, en función de su estatuto de inmigración. Se hizo especial hincapié en determinadas categorías de trabajadores de las que más se habla en el contexto de la movilidad de la UE, a saber, los trabajadores temporeros, los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal y los trabajadores desplazados de terceros países.

En comparación con la mano de obra local, los trabajadores nacionales de terceros países, especialmente los de corta duración, se encuentran en una situación más vulnerable debido a la dependencia de su situación en el mercado laboral de su estatuto de inmigración. Este informe explora las vías de inmigración disponibles para los trabajadores nacionales de terceros países y ofrece una visión general de las condiciones de entrada, estancia y salida de los trabajadores de corta duración en cada sistema nacional, dependiendo de la categoría. A continuación, examina las condiciones laborales generales de estos trabajadores reguladas por la legislación nacional.

Informe publicado y disponible en la web del EUROPEAN TRADE UNION INSTITUTE

ABSTRACT:

This report provides an overview of the ways in which EU and EEA Member States have regulated the immigration of third-country nationals who enter their territory for the purpose of work. Its focus is on short-term migrant workers and it presents the results of an extensive mapping exercise carried out by national experts from 23 EU and two EEA countries in collaboration with the ETUI. The focus was on the interaction between national immigration law regimes and labour market access, as well as the employment rights of different categories of short-term third-country-national workers, depending on their immigration status. Special emphasis was placed on certain categories of workers discussed most often in the context of EU mobility, namely, seasonal workers, temporary agency workers and posted workers from third countries.

In comparison with the local workforce, third-country national workers, especially short-term, find themselves in a more vulnerable situation because of the dependence of their labour market status on their immigration status. This report explores the immigration pathways available to third-country national workers and provides an overview of the conditions for short-term workers’ entry, stay and leave in each national system, depending on category. It then looks at these workers’ general working conditions as regulated by national law.

Report on the social security rights of short-term third-country national migrant workers

Este informe ofrece una visión general de las formas en que los Estados miembros de la UE y del EEE han regulado sus marcos de seguridad social en relación con los trabajadores migrantes nacionales de terceros países (NTP) de corta duración. Presenta el resultado de un amplio ejercicio de cartografía realizado en 24 Estados miembros de la UE, así como en Islandia y Noruega, centrado en la relación entre la migración y la cobertura de la seguridad social de diferentes categorías de trabajadores nacionales de terceros países de corta duración (por ejemplo, trabajadores desplazados, traslados dentro de una misma empresa, trabajadores temporeros, trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal, profesionales de alto nivel y trabajadores autónomos).

Aunque, en principio, todos los trabajadores de la UE están y deben estar cubiertos por la seguridad social, determinados grupos de trabajadores están sujetos a incertidumbres y lagunas en la cobertura. Los nacionales de terceros países que trabajan en la UE por poco tiempo se encuentran entre los trabajadores a menudo sujetos a exclusiones de la cobertura de la seguridad social o no cubiertos para determinados riesgos. Los informes de los distintos países muestran que, por regla general, los empresarios que contratan a trabajadores migrantes nacionales de terceros países por periodos breves deben pagar las cotizaciones a la seguridad social y la asistencia sanitaria como lo hacen con los trabajadores locales contratados regularmente. En las distintas jurisdicciones, esta norma general está sujeta a diversas excepciones y restricciones. La fragmentación interna y externa subrayada por la variedad de fuentes jurídicas que abordan las cuestiones de seguridad social, así como la diversidad de enfoques, plantea potencialmente dificultades para la navegación por los respectivos sistemas. Y aunque esto parece justificado a la luz de la discrecionalidad de los Estados miembros en materia de inmigración y legislación laboral, debería aspirarse a una mayor seguridad jurídica para proteger mejor a los trabajadores que sufren esta fragmentación y falta de cobertura.

Informe publicado y disponible en la web del EUROPEAN TRADE UNION INSTITUTE

ABSTRACT:

This report provides an overview of the ways in which EU and EEA Member States have regulated their social security frameworks in relation to short-term third-country national (TCN) migrant workers. It presents the result of an extensive mapping exercise carried out in 24 EU Member States, as well as Iceland and Norway, focussing on the relationship between migration and the social security coverage of different categories of short-term third-country national workers (for example, posted workers, intra-corporate transfers, seasonal workers, temporary agency workers, high-level professionals and self-employed).

While every worker in the EU, in principle, is and should be covered by social security, certain groups of workers are subject to uncertainties and gaps in coverage. Third-country nationals who work in the EU for a short time are among the workers often subject to exclusions from social security coverage or not covered for certain risks. The individual country reports show that, as a general rule, employers who employ short-term third-country national migrant workers are supposed to pay social security and health care contributions as they do for regularly hired local workers. In the various jurisdictions this general rule is subject to various exceptions and restrictions. The internal and external fragmentation underlined by the variety of legal sources addressing social security issues, as well as the diversity of approaches potentially raises difficulties for the navigation of the respective systems. And while this seems justified in light of Member States’ discretion in immigration and labour law, more legal certainty should be aimed for to better protect the workers experiencing this fragmentation and lack of coverage.