Les comentaba en la entrada anterior… que la exigencia de justicia de un contrato recae no menos en los términos que en su cumplimiento; si bien los sistemas jurídicos actuales tienden a proteger mucho más lo segundo que lo primero. Es más fácil denunciar -y ganar- ante un tribunal de justicia el incumplimiento de un contrato que el abuso en los términos -cláusulas- del mismo.
Esta semana, la vergonzante actuación del pp en el congreso «rechazando anular las polémicas cláusulas suelo de las hipotecas» nos ofrece una magnífico ejemplo para seguir reflexionando sobre el tema. Argumenta Teodoro García, diputado del PP, que «La cuestión no es si deben existir o no las cláusulas suelo, sino que los ciudadanos deben ser informados adecuadamente sobre ellas.» Lo cual me parece una tremenda dejación de la responsabilidad que el gobierno debería tener con la supervisión de que los «términos» de los contratos sean los más justos posibles para sus ciudadanos. Sustituir la «obligación» por la «información» como sugiere este diputado, haría innecesario todo un caudal de legislación prohibicionista. ¿porqué me obligan a ponerme el casco cuando conduzco mi moto? bastaría con que me informasen de que si me caigo me puedo abrir la cabeza (obviedadpor otra parte); ¿porqué me obligan a revisar mi instalación de gas? bastaría con que me dijesen que puede explotar; ¿porqué impiden que los ciudadanos pueden disfrutar plenamente de transporte (uber) o alojamiento (airbnb)? bastaría con que me informasen de los riesgos del servicio… y así podríamos seguir. No entiendo, pues, la desvergüenza de dejar recaer en la mera «información» la protección de los derechos de los consumidores, en un caso tan sensible y vital (derecho a la vivienda) como el el «consumo» de hipotecas.
Merece la pena, por tanto, insistir en la diferencia entre los «términos del contrato» y el «cumplimiento del contrato». Ambas cosas son diferentes y requieren protecciones diferentes. La segunda la garantiza plenamente el poder judicial; la primera también, pero requeriría de una mayor regulación-protección por parte del legislativo. Es responsabilidad del gobierno proteger a los más débiles y evitar que el sistema abuse de forma generalizada de sus ciudadanos.
Tampoco me creo el argumento del encarecimiento del crédito. En parte porque el daño ya está hecho y no afectaría a futuro; es decir, ninguna entidad financiera (que yo sepa) incluye cláusulas suelo en los nuevos contratos; ni siquiera informativamente. Además en las cláusulas suelo que nos ocupan, tan grave como la ausencia de información es la desproporcinalidad de la cláusula al tener un suelo muy alto y un techo muy altos (3-4%; 12-14-%), con lo cual es muy díficil que los hipotecados pudieran beneficiarse de una subida de tipos cómo si se han visto perjudicados por la bajada.
El argumento del encarecimiento del crédito ya se esgrimió cuando se planteó la posibilidad de la dación en pago de los inmuebles. En este caso tampoco me lo creo. Puede que al principio, subiera el coste de los créditos pero al final acabaría ajustándose si se garantizase un mercado competitivo entre las entidades financieras. En otros países existe y el mercado se ajusta. De hecho, las hipotecas constituídas tras la crisis son sensiblemente más caras (maryor diferencial respecto al Euribor) sin que se hayan modificado los supuestos que estamos comentando. Con lo cual, no me vale el argumento.
Me parece que lo que realmente está en juego son los miles de millones de Euros que la banca ha estafado a los hipotecados y que, de tener que ser devueltos, requerirían de una nueva inyección de fondos en las entidades más débiles. Al final, todo se reduce a lo mismo: dinero. Y si éste contradice mis principios de protección para con mis ciudadanos-electores, no preocupo, pues como decía el genial Groucho Marx: «Tengo otros».