{"id":478,"date":"2020-12-29T10:45:45","date_gmt":"2020-12-29T09:45:45","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/?p=478"},"modified":"2020-12-29T10:45:45","modified_gmt":"2020-12-29T09:45:45","slug":"la-coordinacion-preventiva-de-actividades-empresariales-javier-fernandez-costales-muniz-thomson-reuters-aranzadi-2020-342-paginas-isbn-978-84-1345-354-5","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/2020\/12\/29\/la-coordinacion-preventiva-de-actividades-empresariales-javier-fernandez-costales-muniz-thomson-reuters-aranzadi-2020-342-paginas-isbn-978-84-1345-354-5\/","title":{"rendered":"La coordinaci\u00f3n preventiva de actividades empresariales. Javier Fern\u00e1ndez-Costales Mu\u00f1iz. Thomson Reuters Aranzadi, 2020, 342 p\u00e1ginas. ISBN: 978-84-1345-354-5"},"content":{"rendered":"<p>Se transcribe la rese\u00f1a efectuada a la magnifica obra del profesor Javier Fern\u00e1ndez-Costales que ha sido publicada en la Revista Jur\u00eddica de la Universidad de la Universidad de Le\u00f3n, n\u00famero 7, 2020, pp. 175-177.<\/p>\n<p>Como ya hiciera en su obra titulada La prevenci\u00f3n de riesgos laborales en la empresa: obligaciones y responsabilidades, publicada por la editorial Thomson Reuters Aranzadi en 2019, el Dr. FERN\u00c1NDEZ-COSTALES se sumerge de nuevo, con solvencia acad\u00e9mica y utilidad pr\u00e1ctica, en el fen\u00f3meno de la prevenci\u00f3n de riesgos laborales, esta vez, reflexionando y ofreciendo una obra omnicomprensiva en relaci\u00f3n con las obligaciones, la problem\u00e1tica y las responsabilidades derivadas de la coordinaci\u00f3n preventiva de actividades empresariales. Desde su g\u00e9nesis hasta su estado actual, en un contexto profundamente marcado por la crisis sanitaria, social y econ\u00f3mica ocasionada por la COVID-19 que nos mantiene, un a\u00f1o despu\u00e9s de su aparici\u00f3n, en un escenario dist\u00f3pico m\u00e1s propio de un cap\u00edtulo de la serie Black Mirror.<\/p>\n<p>He de reconocer que resulta complicado resumir en unas breves l\u00edneas todo el an\u00e1lisis y el contenido que ofrece el libro que tengo el placer de rese\u00f1ar. No obstante, tras su lectura, me dispongo a comentar algunos de sus rasgos principales, aquellos que el lector, acad\u00e9mico o profesional, creo que podr\u00e1 apreciar durante toda la lectura.<\/p>\n<p>Nos encontramos ante un libro muy bien escrito, que utiliza un lenguaje preciso a la par que ilustrativo. Resulta especialmente destacable su estructura y el orden sistem\u00e1tico de los contenidos, prueba de que su autor ha dedicado algunos lustros al estudio de todos y cada uno de los elementos jur\u00eddicos de la coordinaci\u00f3n de actividades empresariales en materia preventiva. Esta caracter\u00edstica puede comprobarse f\u00e1cilmente, pues junto al an\u00e1lisis en profundidad (e interconectado) de toda la normativa que regula la cuesti\u00f3n, la casu\u00edstica y la jurisprudencia, ha manejado una ampl\u00edsima y variada bibliograf\u00eda.<\/p>\n<p>Respecto al contenido, la obra consta de diecis\u00e9is cap\u00edtulos y cuatro anexos que, en su conjunto, ofrecen una radiograf\u00eda de las vicisitudes que plantea la coordinaci\u00f3n preventiva de actividades empresariales en la actualidad. En los cap\u00edtulos I a V se recogen e interrelacionan todas las normas que afectan a la materia; se delimitan conceptos y objetivos esenciales de la coordinaci\u00f3n de actividades y se analizan, con un manejo exquisito de la doctrina y la jurisprudencia, los deberes preventivos desde el prisma de la concurrencia de trabajadores de distintas empresas en un mismo centro de trabajo. En los cap\u00edtulos VI y VII se efect\u00faa un an\u00e1lisis del marco legal y las obligaciones derivadas de la concurrencia de trabajadores de varias empresas en un mismo centro de trabajo, primero, en supuestos donde existe un empresario titular y, segundo, en aquellos supuestos donde existe un empresario principal.<\/p>\n<p>Por su parte, en el cap\u00edtulo VIII y tras advertir acerca de la importancia capital que tienen los medios que el empresario debe poner a disposici\u00f3n para una eficaz coordinaci\u00f3n preventiva de actividades empresariales, se efect\u00faa una sistematizaci\u00f3n del elenco de recursos posibles que pueden ser utilizados en funci\u00f3n de la peligrosidad de las actividades desarrolladas. Especifica el profesor Dr. FERN\u00c1NDEZ-COSTALES que, si bien las empresas poseen flexibilidad y libertad para escoger los medios de coordinaci\u00f3n que estimen oportunos, estos deben ser actualizados, revisados y adecuados a la complejidad y al grado de dificultad de cada actividad.<\/p>\n<p>Llegamos as\u00ed hasta el cap\u00edtulo IX donde el autor ofrece un an\u00e1lisis de conjunto de las competencias, facultades y garant\u00edas que poseen los delegados de prevenci\u00f3n o, en su defecto, los representantes legales de los trabajadores en la empresa. Para ello, examina y transita de forma reflexiva por toda la normativa espa\u00f1ola en relaci\u00f3n con los derechos de los representantes de los trabajadores, en particular, en el \u00e1mbito de la coordinaci\u00f3n de actividades empresariales y la prevenci\u00f3n de riesgos laborales. Los cap\u00edtulos X a XII resultan muy interesantes y tratan sobre la coordinaci\u00f3n de actividades tres supuestos concretos que presentan particularidades espec\u00edficas: los trabajadores aut\u00f3nomos, las empresas de trabajo temporal y la expatriaci\u00f3n de trabajadores.<br \/>\nMenci\u00f3n especial merecen los cap\u00edtulos XIII y XIV. El primero de ellos est\u00e1 \u00edntegramente dedicado a la coordinaci\u00f3n de actividades en el sector de la construcci\u00f3n, para lo que el autor se sumerge en el r\u00e9gimen jur\u00eddico de la coordinaci\u00f3n preventiva y examina las reglas b\u00e1sicas contenidas en toda la normativa reguladora de la cuesti\u00f3n. Analiza asimismo la figura del coordinador en materia de seguridad y salud y los recursos preventivos en obras de construcci\u00f3n, las vicisitudes relativas a los estudios y los planes de seguridad, deteni\u00e9ndose en las obligaciones de los contratistas y subcontratistas como responsables de la correcta adopci\u00f3n de medidas preventivas.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo XIV supone una absoluta novedad pues trata sobre la prevenci\u00f3n de riesgos y la coordinaci\u00f3n de actividades frente a la situaci\u00f3n generada por la COVID-19. El lector encontrar\u00e1 en este cap\u00edtulo un estudio de referencia acerca de los criterios, procedimientos y la legislaci\u00f3n de urgencia aprobada en materia de prevenci\u00f3n de riesgos laborales, en un contexto in\u00e9dito provocado por la pandemia mundial vivida desde marzo de 2020. En esta parte del libro, se sistematiza con gran rigor t\u00e9cnico todas las medidas organizativas, prestacionales y de protecci\u00f3n adoptadas, recogiendo incluso las disposiciones aprobadas por el Real Decreto-Ley 21\/2020, de 9 de junio que establece las medidas laborales que las empresas deber\u00e1n aplicar una vez superada la vigencia del estado de alarma.<\/p>\n<p>Los cap\u00edtulos XV y XVI ponen el broche de oro a un estudio exhaustivo y completo centr\u00e1ndose, respectivamente, en las responsabilidades de las empresas concurrentes y en las obligaciones y responsabilidades de los trabajadores. Huelga se\u00f1alar la relevancia de estos dos cap\u00edtulos finales, no obstante, me permito recomendar encarecidamente la lectura del primero de ellos donde se dedica una parte significativa al an\u00e1lisis detallado de las responsabilidades administrativas, civiles, penales y de seguridad social derivadas de la comisi\u00f3n de infracciones en esta materia.<br \/>\nEn fin, resulta patente y los lectores tendr\u00e1n la oportunidad de corroborarlo: este libro es el fruto de una investigaci\u00f3n rigurosa, est\u00e1 muy bien trazado y tiene como se\u00f1a de identidad haber conseguido aunar rigor acad\u00e9mico y utilidad pr\u00e1ctica. Su calidad cient\u00edfica y t\u00e9cnica lo convierten en una gu\u00eda o referencia ineludible para acad\u00e9micos, abogados, graduados sociales, t\u00e9cnicos de prevenci\u00f3n, coordinadores de actividades empresariales y, tambi\u00e9n, para aquellos sobre los que recaen los derechos, obligaciones y responsabilidades derivadas de la coordinaci\u00f3n de actividades empresariales.<\/p>\n<p>\u00d3scar Contreras Hern\u00e1ndez<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se transcribe la rese\u00f1a efectuada a la magnifica obra del profesor Javier Fern\u00e1ndez-Costales que ha sido publicada en la Revista Jur\u00eddica de la Universidad de la Universidad de Le\u00f3n, n\u00famero 7, 2020, pp. 175-177. Como ya hiciera en su obra titulada La prevenci\u00f3n de riesgos laborales en la empresa: obligaciones y responsabilidades, publicada por la &hellip; <\/p>\n<p class=\"link-more\"><a href=\"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/2020\/12\/29\/la-coordinacion-preventiva-de-actividades-empresariales-javier-fernandez-costales-muniz-thomson-reuters-aranzadi-2020-342-paginas-isbn-978-84-1345-354-5\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abLa coordinaci\u00f3n preventiva de actividades empresariales. Javier Fern\u00e1ndez-Costales Mu\u00f1iz. Thomson Reuters Aranzadi, 2020, 342 p\u00e1ginas. ISBN: 978-84-1345-354-5\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":80,"featured_media":479,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[30,47,48],"class_list":["post-478","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-uncategorized","tag-la-coordinacion-preventiva-de-actividades-empresariales","tag-resena","tag-revista-juridica-de-la-universidad-de-leon"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/478","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/users\/80"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=478"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/478\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/media\/479"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=478"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=478"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/oscarcontreras\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=478"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}