Aprobado el Anteproyecto de Ley por el que se mejorará la protección laboral de las personas trabajadoras desplazadas a España

El Consejo de Ministros ha aprobado con fecha 18 de enero de 2021 el Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional, así como otras leyes en materia laboral, para la transposición de la Directiva (UE) 2018/957 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de junio de 2018. Esta norma tiene por objeto completar la transposición de la Directiva (UE) 2018/957 del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Directiva 96/71/CE aprobada para avanzar hacia un trato más equitativo entre las personas desplazadas y los trabajadores del Estado de destino.

Entre las novedades de la Directiva (UE) 2018/957, destaca que determina la aplicación de la mayor parte de la legislación laboral del Estado de acogida a los desplazamientos superiores a 12 meses (o 18 en caso de notificación motivada de la prórroga). Además, se garantiza la aplicación del principio de igualdad de remuneración y de trato entre los trabajadores desplazados cedidos por Empresas de Trabajo Temporal y los trabajadores de la empresa usuaria del Estado de acogida.
Se regulan las consecuencias del desplazamiento en cadena de trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal a empresas usuarias del mismo u otro Estado miembro de la Unión Europea para realizar un trabajo temporal en otro Estado miembro.

Entre otras medidas, se amplían las materias sobre las que debe garantizarse la aplicación de la legislación del Estado de acogida: las condiciones de alojamiento y los complementos o reembolso de gastos de viaje, alojamiento y manutención previstos para los trabajadores que están fuera de su domicilio por motivos profesionales; se garantiza la remuneración en vez de las cuantías de salario mínimo de manera que se incluyan todos los elementos constitutivos de la retribución que sean obligatorios de acuerdo con la legislación laboral y los convenios colectivos del Estado de acogida, no solo los que hayan sido declarados de aplicación general.

Fuente: Nota de prensa del Ministerio de Trabajo y Economía Social de 19-01-2021.

– Anteproyecto de ley de transposición de la Directiva (UE) 2018/957: https://www.mites.gob.es/ficheros/participacion/APL-transposicion_29_20201131.pdf

– Memoria del análisis de impacto normativo:
https://www.mites.gob.es/ficheros/participacion/MAIN-APL-transposicion_29_20201131.pdf