{"id":138,"date":"2019-06-26T12:07:16","date_gmt":"2019-06-26T11:07:16","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/?p=138"},"modified":"2019-06-26T12:07:16","modified_gmt":"2019-06-26T11:07:16","slug":"el-tribunal-superior-de-schleswig-holstein-el-nacionalismo-espanol-y-la-navaja-de-ockham-a-proposito-de-la-penosa-instruccion-del-incompetente-juez-llarena","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/2019\/06\/26\/el-tribunal-superior-de-schleswig-holstein-el-nacionalismo-espanol-y-la-navaja-de-ockham-a-proposito-de-la-penosa-instruccion-del-incompetente-juez-llarena\/","title":{"rendered":"EL TRIBUNAL SUPERIOR DE SCHLESWIG-HOLSTEIN, EL NACIONALISMO ESPA\u00d1OL Y LA NAVAJA DE OCKHAM: A PROP\u00d3SITO DE LA PENOSA INSTRUCCI\u00d3N DEL INCOMPETENTE JUEZ LLARENA"},"content":{"rendered":"<p>Ignacio Forcada Barona<br \/>\nProfesor Titular de Derecho Internacional P\u00fablico<br \/>\nUniversidad de Castilla-La Mancha<\/p>\n<p>Si el asunto no afectara a la administraci\u00f3n de justicia, funci\u00f3n esencial del Estado moderno con la que todos nosotros, nacionalistas o no, m\u00e1s pronto o m\u00e1s tarde tenemos que lidiar, la verdad es que las reacciones m\u00e1s rancias del nacionalismo espa\u00f1ol a la decisi\u00f3n del Tribunal Superior de Justicia de Schleswig-Holstein, denegando la extradici\u00f3n a Espa\u00f1a de Carles Puigdemont por el delito de rebeli\u00f3n, y permiti\u00e9ndola por el de malversaci\u00f3n de caudales p\u00fablicos, ser\u00edan merecedoras de un cap\u00edtulo aparte en nuestra particular historia del absurdo patrio.<br \/>\nDesde las m\u00e1s gore del clown por excelencia del ultranacionalismo espa\u00f1ol, Jim\u00e9nez Losantos, que amenazaba velada, y no tan veladamente, a los alemanes, residentes o no en Espa\u00f1a, y llamaba incluso a la ruptura de relaciones diplom\u00e1ticas con Alemania, hasta las m\u00e1s t\u00e9cnico-jur\u00eddicas de los juristas tocados en su orgullo nacional que atacaban al Tribunal alem\u00e1n por poner en cuesti\u00f3n la confianza mutua en la que se basa la orden de detenci\u00f3n europea puesta en marcha por Decisi\u00f3n Marco del Consejo de la Uni\u00f3n Europea, de 13 de junio de 2002. Pasando por la de los pol\u00edticos nacionalistas espa\u00f1oles, como los gemelos (pol\u00edticos) Albert Rivera y Pablo Casado, tambi\u00e9n conocidos como \u201cPili y Mili\u201d, que hablaban de \u201chumillaci\u00f3n\u201d y \u201cfalta de respeto\u201d, y llamaban a \u201creplantearse el funcionamiento de la euroorden y del espacio Schengen\u201d (Casado), o de \u201cineficacia\u201d, y \u201cmensaje perverso\u201d, llamando tambi\u00e9n a reconsiderar el futuro de la euroorden (Rivera). Por no hablar del incre\u00edble Girauta, escudero de Rivera, que hablaba de \u201ccanallada\u201d y \u201cespacio de impunidad europeo\u201d, o del todav\u00eda m\u00e1s incre\u00edble Gonz\u00e1lez Pons quien, desde el Parlamento europeo en el que ejerce de eurodiputado, conminaba a Espa\u00f1a a suspender la aplicaci\u00f3n del Acuerdo de Schengen. Vivir para ver.<br \/>\nEs una pena que todos estos se\u00f1ores hayan hecho o\u00eddos sordos de los consejos de Guillermo de Ockham, el escol\u00e1stico ingl\u00e9s, a caballo entre los siglos XIII y XIV, que pas\u00f3 a la historia por el principio metodol\u00f3gico conocido como \u201cnavaja de Ockham\u201d: en igualdad de condiciones, la explicaci\u00f3n m\u00e1s sencilla suele ser la m\u00e1s probable. Y es que, \u00bfen vez de pensar que tres sesudos y respetables magistrados alemanes de la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Superior Regional de Schleswig-Holstein se despertaron un d\u00eda medio aburridos y se dijeron \u201cvamos a humillar un poco a esos espa\u00f1oles bajitos, paletos y muertos de hambre, y de paso nos pasamos por el forro la legislaci\u00f3n europea que es un bodrio\u201d, no era mucho m\u00e1s sencillo pensar que el auto de procesamiento del juez Llarena es una de las chapuzas jur\u00eddicas m\u00e1s esperp\u00e9nticas de la historia judicial espa\u00f1ola?<br \/>\nY m\u00e1s cuando cien profesores de derecho penal espa\u00f1oles firmaron un manifiesto en el que ve\u00edan gravemente equivocado considerar los hechos como constitutivos de un delito de rebeli\u00f3n o de sedici\u00f3n. Y algunos otros, como el catedr\u00e1tico de derecho constitucional P\u00e9rez Royo, hablaban abiertamente de que las actuaciones del juez en cuesti\u00f3n rozaban peligrosamente la prevaricaci\u00f3n, es decir, hab\u00edan sido adoptadas a sabiendas de que eran injustas. Por no hablar de su glorioso auto de 22 de enero de 2018, pieza cumbre del surrealismo judicial hisp\u00e1nico, en el que el \u00ednclito Llarena, convertido en un nuevo Napole\u00f3n de la estrategia jur\u00eddica, denegaba a la Fiscal\u00eda la petici\u00f3n de volver a emitir la orden de detenci\u00f3n europea de Puigdemont alegando que no lo pod\u00eda hacer porque ser detenido es justamente lo que querr\u00eda el encausado para poder justificar su no asistencia a su propia investidura!. Eso, que ya de por s\u00ed da una idea de la instrumentalizaci\u00f3n pol\u00edtica de la justicia llevada a cabo por el mismo juez que ha de garantizar el imperio de la ley m\u00e1s all\u00e1 de los c\u00e1lculos pol\u00edticos, adquiere su verdadero car\u00e1cter surrealista cuando unas l\u00edneas m\u00e1s arriba el mismo Llarena acusa a Puigdemont de ser un pr\u00f3fugo de la justicia. Y lo que es m\u00e1s alucinante: no lo expedientaron ni lo suspendieron de empleo y sueldo.<br \/>\nYo animo a todo el que lea esto a que lea tambi\u00e9n el auto de procesamiento de nuestro querido juez. Pero si no tiene ganas de apretarse las 67 p\u00e1ginas de prosa repetitiva y farragosa de Llarena, no se preocupe: si ha seguido la actualidad nacional a trav\u00e9s de los medios de comunicaci\u00f3n ya tiene m\u00e1s de dos tercios le\u00eddos. Y es que el auto del incompetente Llarena no es m\u00e1s que la constataci\u00f3n de que la intenci\u00f3n de los independentistas es independizarse de Espa\u00f1a seguida de m\u00e1s de cincuenta p\u00e1ginas de corta y pega period\u00edstico en el que se desgranan los acontecimientos que tuvieron lugar en Catalu\u00f1a desde al a\u00f1o 2012 hasta la actualidad, de los que se deduce que los encausados desobedecieron varias resoluciones judiciales del Tribunal Constitucional y que hubo tambi\u00e9n algunos altercados p\u00fablicos. Y todo ello aderezado con sus elucubraciones sobre lo que estaba o dejaba de estar en la cabeza de los encausados cuando hac\u00edan lo que hac\u00edan.<br \/>\nUno no puede imaginarse sin horror la cara que tuvieron que poner los serios y rigurosos magistrados alemanes cuando recibieron el escrito del incompetente Llarena. Y eso que nuestro juez, que supuestamente sabe de derecho penal (y sabe por tanto que los tipos penales constan de sujeto y predicado -alguien hace algo en la forma determinada por el legislador-), lo ten\u00eda f\u00e1cil para obtener la extradici\u00f3n: s\u00f3lo ten\u00eda que mencionar un nombre, el del sujeto, (Puigdemont), una acci\u00f3n (la del verbo en que consiste el predicado, alzarse violentamente), y una fecha y lugar, la fecha y lugar en la que tuvo lugar el alzamiento. Por poner un ejemplo. Si uno hubiera querido, hipot\u00e9ticamente, solicitar en 1936 la extradici\u00f3n, por el delito de rebeli\u00f3n, del General Francisco Franco, huido a Alemania, s\u00f3lo hubiera tenido que rellenar tres l\u00edneas: Francisco Franco se alz\u00f3 violentamente contra el gobierno leg\u00edtimamente constituido el 18 de julio de 1936 en Las Palmas de Gran Canaria. Y a continuaci\u00f3n relatar brevemente algunas de las acciones del que luego ser\u00eda conocido como General\u00edsimo, entre otras, declarar el estado de guerra en todo el archipi\u00e9lago.<br \/>\nEn vez de eso, el incompetente Llarena envi\u00f3 un panfleto semi-period\u00edstico de m\u00e1s de 50 p\u00e1ginas, en el que las \u00fanicas veces en las que sale la palabra alzamiento o alzarse, el verbo fundamental del tipo penal de la rebeli\u00f3n, es cuando se cita literalmente el art\u00edculo del c\u00f3digo penal que lo contiene. Obviamente, los magistrados alemanes tuvieron que alucinar\u2026y, al no ser la rebeli\u00f3n uno de los delitos incluidos en la lista del art\u00edculo 2.2 de la Decisi\u00f3n Marco del Consejo de 13 junio 2002 (en los que la euroorden se concede autom\u00e1ticamente), hicieron lo que los art\u00edculos 2.4 y 4.1 de la Decisi\u00f3n les permit\u00edan hacer: comprobar que los hechos contenidos en la orden de detenci\u00f3n redactada por el incompetente Llarena eran tambi\u00e9n constitutivos de un delito en Alemania.<br \/>\nLa conclusi\u00f3n, como no pod\u00eda ser de otra forma si uno se lee el panfleto de Llarena, es que esos hechos no eran delictivos en Alemania. Y que los des\u00f3rdenes p\u00fablicos que se hab\u00edan producido no pod\u00edan ser atribuidos a Puigdemont, que ni siquiera estaba presente, sino a los que los realizaron. Obvio.<br \/>\nObvio porque en los hechos del auto de procesamiento del, por razones del todo incomprensibles, todav\u00eda juez Llarena no se describe un alzamiento violento, sino una cosa totalmente distinta. Y eso que, siendo espa\u00f1ol y habiendo iniciado su educaci\u00f3n bajo el r\u00e9gimen del General\u00edsimo, ten\u00eda que estar harto de haber escuchado y repetido la expresi\u00f3n \u201calzamiento nacional\u201d.  Y saber por tanto que es y que no es un alzamiento violento, como el que tuvo lugar en Espa\u00f1a en 1936 que, entre otras cosas, caus\u00f3 m\u00e1s de doscientos mil muertos. Pero no. Para nuestro incompetente juez, que no duda en pasar totalmente de la racionalidad jur\u00eddica, la tipicidad penal y la proporcionalidad punitiva, entran dentro del mismo tipo penal el comportamiento de un General que decide salir a la calle con sus tropas, ocupar las radios y televisiones y las principales instituciones del Estado, y deponer el orden constitucional hasta ese momento vigente, que el de unos pol\u00edticos de opereta que anuncian a bombo y platillo, con dos millones de votos detr\u00e1s, que quieren ser independientes y consultar a la ciudadan\u00eda sobre la idea, que desobedecen al Tribunal Constitucional y al Gobierno y acaban declarando la independencia en una sesi\u00f3n bufa de su Parlamento regional. Y que cuando el Gobierno, harto ya de payasadas, decide suspender la autonom\u00eda, le entregan mansamente el poder, y se van tranquilamente a sus casas. \u00a1Qui\u00e9n no quisiera rebeliones como esta!<br \/>\nEl incompetente juez Llarena no puede tener tan mermadas sus capacidades cognitivas como para no entender que hay una gran diferencia entre un caso y otro. En el primero, corres el riesgo de que la rebeli\u00f3n, que est\u00e1 apoyada por la amenaza o el uso de la fuerza, triunfe. En ese caso, la rebeli\u00f3n deja de ser un delito y el delincuente pasas a ser t\u00fa, el que se opone, que ves peligrar la estabilidad de tu cabeza sobre tus hombros. En el segundo, no hay ninguna fuerza cre\u00edble para apoyar nada, y cuando el gobierno decide que la opereta ha llegado a su fin, cierra el teatro y mete a todos los actores en la c\u00e1rcel, sin resistencia. La proporcionalidad punitiva exige diferenciar un caso de otro. Y cuando no se hace, como no ha hecho nuestro incompetente juez, lo \u00fanico que tenemos es arbitrariedad y venganza, pero no estado de derecho y justicia.<br \/>\nEs normal que pol\u00edticos como el gemelo Pablo no sepan de esto, y se pasen el d\u00eda diciendo sandeces, refiri\u00e9ndose a los encausados como golpistas, pas\u00e1ndose por el forro la presunci\u00f3n de inocencia, y tildando de traidores a todos los que discutan su tipificaci\u00f3n de los hechos. Al fin y al cabo, sabemos por el Tribunal Supremo que parte de los estudios de derecho que llev\u00f3 a cabo fueron con un trato de favor, y que ese trato inclu\u00eda la no asistencia a clase. Es obvio que Pablo se salt\u00f3 las clases de derecho constitucional y las de derecho penal y que no tiene ni pajolera idea de ninguna de las dos materias.<br \/>\nLo que es mucho m\u00e1s peligroso es que pol\u00edticos como los gemelos Albert y Pablo, y los medios que los apoyan y azuzan, gocen de la legitimidad constitucional frente a los supuestos \u201cgolpistas\u201d que la quieren romper. Nada m\u00e1s lejos de la realidad. El separatismo catal\u00e1n y su intento de independizarse del resto de Espa\u00f1a es un problema menor comparado con la amenaza a la Constituci\u00f3n y sus valores que pol\u00edticos de ese pelaje representan. Al fin y al cabo, los independentistas carecen del monopolio de la fuerza y, por tanto, sus \u201cperformances\u201d duran tanto como el gobierno de turno quiera que duren. Ahora bien, que el gobierno de turno tome buena nota a la hora de dejarse aconsejar por \u201cconstitucionalistas\u201d como los gemelos y sus medios de comunicaci\u00f3n afines: cuando el porcentaje de voto independentista pasa del 65% la independencia de Catalu\u00f1a ser\u00e1 s\u00f3lo una cuesti\u00f3n de tiempo porque no habr\u00e1 tanque ni general engalanado que pueda pararla en la Europa de hoy en d\u00eda. Y lo que est\u00e1 claro es que dejando que incompetentes como Llarena, y los fiscales Zaragoza Aguado, Madrigal Mart\u00ednez-Pereda, Moreno Verdejo y Cadena Serrano en su escrito de conclusiones provisionales, pisoteen impunemente la racionalidad jur\u00eddica, la tipicidad penal y la proporcionalidad punitiva, la independencia de Catalu\u00f1a est\u00e1 mucho m\u00e1s cerca de lo que lo estaba ayer.<br \/>\nEn cualquier caso, la independencia de Catalu\u00f1a palidece frente al peligro que para nuestra constituci\u00f3n y sus valores representan pol\u00edticos como \u201cPili y Mili\u201d. Albert y Pablo, nacionalistas m\u00e1s rancios todav\u00eda que los independentistas, parecen desconocer nuestra Constituci\u00f3n y que la presunci\u00f3n de inocencia es un pilar fundamental del Estado de derecho, el que lo separa de otros modelos de organizaci\u00f3n pol\u00edtica que pisoteaban sin recato los derechos de sus ciudadanos. Condenar sin juicio previo es una pr\u00e1ctica propia de Estados fascistas, feudales y dictatoriales. Que ambos hagan el favor de referirse a los encausados como lo que son, presuntos, y que hagan alusi\u00f3n correctamente al tipo penal que se supone que han infringido. De otra forma s\u00f3lo estar\u00e1n calentando artificialmente los \u00e1nimos de una ciudadan\u00eda que merece otro ejemplo por parte de sus pol\u00edticos. Desde luego, llamar traidor a todo el que sostenga que no ha habido rebeli\u00f3n no es la mejor forma de garantizar ni la presunci\u00f3n de inocencia ni la independencia judicial de cuya violaci\u00f3n tanto acusan a los dem\u00e1s.<br \/>\nSi algo bueno puede sacarse de todo este follet\u00edn en torno al juicio de los independentistas es que por fin vamos a dejarnos de hipocres\u00edas cuando mentemos al poder judicial. Los pol\u00edticos no paran de llenarse la boca con expresiones como \u201crespeto y acatamiento de las resoluciones judiciales\u201d o \u201cindependencia judicial\u201d, y de acusar a todo el que critica a los jueces de injerencia en la funci\u00f3n jurisdiccional.  Pero esto, amigos, ser\u00e1 el tema de otra entrada, la que tiene que ver con nuestro Tribunal Supremo y sus indisimuladas ganas de usar el derecho para dar rienda suelta a la ideolog\u00eda nacionalista que caracteriza a sus miembros.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ignacio Forcada Barona Profesor Titular de Derecho Internacional P\u00fablico Universidad de Castilla-La Mancha Si el asunto no afectara a la administraci\u00f3n de justicia, funci\u00f3n esencial del Estado moderno con la que todos nosotros, nacionalistas o no, m\u00e1s pronto o m\u00e1s &hellip; <a href=\"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/2019\/06\/26\/el-tribunal-superior-de-schleswig-holstein-el-nacionalismo-espanol-y-la-navaja-de-ockham-a-proposito-de-la-penosa-instruccion-del-incompetente-juez-llarena\/\">Sigue leyendo <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":83,"featured_media":139,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[5],"class_list":["post-138","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-cataluna","tag-cataluna"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/138","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/users\/83"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=138"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/138\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/media\/139"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=138"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=138"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/ignacioforcada\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=138"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}