{"id":719,"date":"2026-01-13T20:48:20","date_gmt":"2026-01-13T19:48:20","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/?p=719"},"modified":"2026-01-13T20:48:20","modified_gmt":"2026-01-13T19:48:20","slug":"segunda-circular-congreso-internacional-la-confianza-en-la-justicia-sociedades-del-pasado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/2026\/01\/13\/segunda-circular-congreso-internacional-la-confianza-en-la-justicia-sociedades-del-pasado\/","title":{"rendered":"Segunda circular: CONGRESO INTERNACIONAL LA CONFIANZA EN LA JUSTICIA: SOCIEDADES DEL PASADO"},"content":{"rendered":"\n<div style=\"height:80px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<p>Fecha: 12 y 13 de marzo de 2026 <\/p>\n\n\n\n<p>Lugar de celebraci\u00f3n: Facultade de Xeograf\u00eda e Historia da Universidade de Santiago de Compostela (USC) <\/p>\n\n\n\n<p>Modalidad: h\u00edbrida<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>1.- Presentaci\u00f3n<\/strong><br>El Congreso Internacional \u201cLa confianza en la justicia. Sociedades del pasado\u201d pretende abordar, de forma transversal, la relaci\u00f3n entre las sociedades del pasado y la justicia oficial \u2014la ejercida en juzgados y tribunales\u2014 en los territorios ib\u00e9ricos y americanos, con especial atenci\u00f3n al per\u00edodo correspondiente a la Edad Moderna. Se aceptar\u00e1n, igualmente, propuestas que sobrepasen estos l\u00edmites temporales -desde la Antig\u00fcedad y la Edad Media hasta la Edad Contempor\u00e1nea-, siempre que puedan establecerse v\u00ednculos de continuidad, ruptura o contraste con el marco cronol\u00f3gico moderno, o que resulten pertinentes en relaci\u00f3n con el \u00e1mbito espacial e hist\u00f3rico que define a la entidad organizadora. Asimismo, podr\u00e1 valorarse contribuciones referidas a espacios jur\u00eddicos ajenos al derecho continental (v. gr. common law), aunque tendr\u00e1n prioridad aquellas que se inscriban en la tradici\u00f3n jur\u00eddica ib\u00e9rica y en la cronolog\u00eda moderna.<br>Las sociedades del pasado se caracterizaban, a diferencia del presente, por la pluralidad jurisdiccional. El privilegio que ostentaban ciertos individuos y corporaciones ten\u00eda precisamente su reflejo en la multiplicidad de jurisdicciones y tribunales existentes, cuyo n\u00famero se increment\u00f3 en el curso los siglos modernos. De acuerdo con las investigaciones m\u00e1s recientes, sabemos que no solo los privilegiados, sino tambi\u00e9n la poblaci\u00f3n com\u00fan en determinadas situaciones y circunstancias pod\u00eda acudir a tribunales y justicias especiales. La pluralidad jurisdiccional ofrec\u00eda, pues, una v\u00eda alternativa para la defensa de los propios intereses, sin agotar la justicia oficial y permitiendo estrategias paralelas; de modo que desde las instituciones no se dejaba al margen al hombre com\u00fan.<br>Se pretende, por tanto, estudiar el funcionamiento de la justicia desde el punto de vista de los litigantes. Para ello, es necesario atender a tres ejes fundamentales: los intereses perseguidos al recurrir -o responder- ante unos tribunales y no otros; las estrategias empleadas; y la manera en que la justicia y sus oficiales respond\u00edan ante dichas actuaciones.<br>Estas cuestiones, en apariencia subjetivas, se expresan en la relaci\u00f3n f\u00e1ctica de los litigantes con los tribunales, la cual se desprende a su vez de la interrelaci\u00f3n entre las m\u00faltiples justicias y tribunales especiales \u2014de privilegiados\u2014 con la justicia de la Corona \u2014que afectaba a la totalidad de la poblaci\u00f3n, con independencia de gozar de privilegio o no\u2014, cu\u00e1ndo se recurr\u00eda a la justicia real, los mecanismos alternativos de resoluci\u00f3n de conflictos y las estrategias procesales empleadas en defensa de los intereses propios.<br>Es, por tanto, la finalidad \u00faltima de este congreso determinar qu\u00e9 pod\u00eda esperar la poblaci\u00f3n com\u00fan de la administraci\u00f3n de justicia -ordinaria y especial- en el marco de sociedades pret\u00e9ritas en las que los derechos individuales a\u00fan no hab\u00edan sido formulados. Esto se llevar\u00e1 a cabo conforme a los siguientes objetivos y l\u00edneas tem\u00e1ticas:<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Objetivos<\/strong><br>1. Profundizar y problematizar la manera en que la poblaci\u00f3n de sociedades pret\u00e9ritas se relacionaba con los tribunales.<br>2. Analizar la elecci\u00f3n de v\u00edas para la mejor defensa de los intereses propios, desde la interposici\u00f3n de declinatorias de competencia hasta la recusaci\u00f3n de jueces, entre otras.<br>3. Identificar patrones de funcionamiento en la \u201cpr\u00e1ctica y estilo de los tribunales\u201d que pudiesen hacer m\u00e1s fiables a determinados tribunales frente a otros.<br>4. Identificar, en paralelo, malas pr\u00e1cticas y en qu\u00e9 tribunales o tipos de justicia se produc\u00edan con mayor frecuencia.<br>5. Analizar los llamados conflictos de competencia, ya que son una fuente de primer orden para observar, m\u00e1s all\u00e1 de las tensiones institucionales, c\u00f3mo estos eran empleados por las partes en su propio beneficio.<br>6. Estudiar la actuaci\u00f3n de ministros y oficiales de justicia atendiendo a su formaci\u00f3n \u2014si la hubiere\u2014, trayectoria vital, rango, etc., con base en pr\u00e1cticas observadas o sospechosas de parcialidad.<br>7. Reflexionar sobre las fortalezas y debilidades de la justicia moderna, y c\u00f3mo estas \u2014especialmente en forma de figuras procesales\u2014 pod\u00edan ser utilizadas por una de las partes en litigio para ejercer una mejor defensa de sus propios intereses.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>L\u00edneas tem\u00e1ticas<\/strong><br>1. La justicia de la Corona: la confianza en el funcionamiento de las audiencias reales y chanciller\u00edas.<br>2. La justicia local, los tribunales especiales (mercantil, escol\u00e1stica, militar, Santo Oficio, etc), consejos y organismos de la monarqu\u00eda: confianza o desconfianza en los procedimientos.<br>3. Enfrentamientos entre tribunales de justicia.<br>4. Los actores de la justicia formal e informal: jueces, abogados, escribanos, etc.<br>5. La did\u00e1ctica de la Historia de la Justicia, del Derecho y materias afines, su situaci\u00f3n actual en los planes de estudio y lo que este tipo de conocimientos aporta a los historiadores y juristas de hoy.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Instrucciones para el env\u00edo de propuestas<\/strong><br>1. Los trabajos podr\u00e1n ser de autor\u00eda individual o en coautor\u00eda, y se podr\u00e1 enviar un m\u00e1ximo de dos propuestas relativas a l\u00edneas tem\u00e1ticas diferentes.<br>2. Las propuestas de comunicaci\u00f3n deber\u00e1n incluir t\u00edtulo, resumen de entre 200 y 300 palabras junto con cinco palabras clave. El resumen ir\u00e1 precedido del nombre y apellidos del comunicante, sus datos de contacto y su filiaci\u00f3n institucional.<br>3. Deber\u00e1 acompa\u00f1arse la propuesta de un CV breve (m\u00e1ximo 500 palabras) sobre la trayectoria del autor o autora.<br>4. El plazo para el env\u00edo de propuestas estar\u00e1 abierto desde la fecha de publicaci\u00f3n de esta convocatoria hasta el 1 de febrero de 2026.<br>5. Las propuestas deber\u00e1n enviarse a la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico aconfianzanaxustiza@gmail.com .<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Informaci\u00f3n adicional<\/strong><br>\u2022 La participaci\u00f3n como comunicante dar\u00e1 derecho a la obtenci\u00f3n del correspondiente certificado.<br>\u2022 Los resultados del congreso, en formato art\u00edculo, que superen el proceso de revisi\u00f3n por pares ciegos, ser\u00e1n publicados bajo la forma de libro colectivo.<br>\u2022 Cualquier duda o petici\u00f3n de aclaraci\u00f3n deber\u00e1 dirigirse a la direcci\u00f3n de correo arriba indicado: aconfianzanaxustiza@gmail.com .<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Organiza<\/strong>: Universidad de Santiago de Compostela (USC) + Proyecto Xustiza viva: maneiras de sentar dereito entre xu\u00edces e particulares, Xunta de Galicia, Conseller\u00eda de Educaci\u00f3n, Ciencia, Universidades e Formaci\u00f3n Profesional (ED481D-2024-012) + Proyecto Ciudades y villas del Noroeste Ib\u00e9rico: gobernanza y resistencias en la Edad Moderna, Agencia Estatal de Investigaci\u00f3n y Ministerio de Ciencia, Universidades y Formaci\u00f3n Profesional (PID2021-124823-NB-C21) + Respuestas jur\u00eddicas h\u00e1biles a conflictos sociales complejos (siglos XII-XX), Agencia Estatal de Investigaci\u00f3n y Ministerio de Ciencia, Universidades y Formaci\u00f3n Profesional (PID2023-152772NB-I00).<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-content\/uploads\/sites\/330\/2026\/01\/LA-CONFIANZA-EN-LA-JUSTICIA_Segunda-Circular.pdf\">Descargar Segunda Circular<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:100px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Congreso Internacional La confianza en la justicia: sociedades del pasado. Facultade de Xeograf\u00eda e Historia da Universidade de Santiago de Compostela (Espa\u00f1a). 12 y 13 de marzo de 2026.<\/p>\n","protected":false},"author":242,"featured_media":722,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23],"tags":[],"class_list":["post-719","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-congresos-seminarios-jornadas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/719","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/users\/242"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=719"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/719\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":723,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/719\/revisions\/723"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/media\/722"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=719"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=719"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.uclm.es\/familynex\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=719"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}