Gana la “banca”… como siempre.

Imagínense que por algún avatar de la vida -cómo la crisis de la mediana edad, la envidia ajena al ver un callejeros de “cómo viven los ricos” o creerme que por que yo lo valgo y la vida no me recompensa- me da por cometer una flagrante injusticia para enriquecerme, ya sea timo, engaño, robo o similares. Fruto de mi fechoría me enriquezco indecentemente. Al cabo de cierto tiempo los afectados me localizan y se querellan. No nos engañemos, la justicia rápida, lo que se dice muy rápida no es. Total que entre idas y venidas, abogados,  procuradores, plazos legales, traslados de expedientes, bajas laborales, fiestas patronales, saturación de juzgados, resoluciones en primera instancia y, posterior, elevación a órganos superiores transcurren unos cuantos años hasta que el Tribunal Supremo se pronuncia. Como la injusticia era flagrante, el Supremo da la razón a los querellantes y me condenan, pero, con un matiz: dado que la condena obviamente, me supone un trastorno grave para mi situación económica decide que sólo me haga responsable desde que la fecha de la propia sentencia; con lo cual lo estafado con anterioridad me lo quedo. ¿A que les suena estrambótico?

2013-06-18-trampasPues algo similar ha pasado con la última sentencia del Supremo sobre las cláusulas suelo. El alto tribunal ha apelado al “trastorno económico” que supondría para la banca devolver todos lo cobrado de más y establece que las cantidades a devolver sólo serían desde el 9 de mayo de 2013, fecha en que declaró nulas todas las cláusulas suelos que no fueran transparentes. Existe un importante matiz entre mi hipotético caso y el de la Banca, matiz que es el nudo gordiano de la sentencia. Una sentencia individual no alteraría la macroeconomía española, pero sí la resolución colectiva de todas las cláusulas suelo. O como dice el Supremo “la afectación al orden público económico no nace de la suma a devolver en un singular procedimiento, que puede resultar ridícula en términos macroeconómicos, sino por la suma de los muchos miles de procedimientos tramitados y en tramitación con análogo objeto”. Las cifras no las dan (quizá en la sentencia); con lo cual, de momento, no sabemos con exactitud cual sería el trastorno económico, pero tampoco nos debería importar aunque fuese enorme (aquí dan algunas cifras). Si algo es injusto, la cuantía no debería entrar en la ecuación. De lo contrario cuanto mayor fuera el abuso, menor el castigo jurídico.

Se me rompe así uno de los más importantes mitos de la justicia: que es ciega. Es decir, que la situación particular del que comete injusticia influye en la decisión sobre la misma. Me lo cuentan y no me lo creo. Peligrosa puerta se abre entonces. Muy peligrosa. Si no me equivoco una cláusula abusiva es nula de pleno derecho y puede ser declarada irretroactiva (conserva los efectos hasta la declaración de nulidad) o retroactiva (se revierten los efectos hasta el origen). Pues bien, nuestro Tribunal Supremo ya la consideró irretroactiva en 2013 y ahora, la reciente sentencia, insiste en que ni se nos ocurra pedir la devolución del abuso antes del 9 de mayo de 2013; ni a los tribunales concederla, pues muchos hicieron oídos sordos de la irretroactividad, creo que por justicia torera, aunque argumentando para que el Supremo no protestará que un caso particular no tendría efectos letales para la economía.

De todo esto extraigo dos lecciones; dos tristes lecciones:

Primera.- Los conocidos bancos como “Too Big Too Fail” (bancos sistémicos que son demasiado grandes para caer”) fortalecen su posición dominante. Ya no sólo es que el Estado inyectará las cantidades necesarias para salvarlos o los nacionalizará, sino que pueden cometer abusos en la negociación con sus clientes, pues los tribunales tendrán en cuenta que las sentencias no les hagan mucha pupa.

Segunda.- La justicia se pone, supuestamente, al servicio de la macroeconomía primando el trastorno económico sobre las garantías jurídicas; y esto es tremendo.