El nuevo doctorado según el R.D. 99/2011
TRÍPTICO INFORMATIVO
INTRODUCCIÓN
Objetivos de la reforma
- Integrar el EEES (Espacio Europeo de Educación Superior) y el EEI (Espacio Europeo de Investigación).
- Hacer avanzar el conocimiento científico a través de la “investigación original”.
- Reafirmar al estudiante de doctorado como investigador en formación.
- Reconocer los derechos y deberes de los doctorandos, directores de tesis y tutores.
- Alcanzar altas cotas de:
- Calidad
- Internacionalización
- Innovación
- Reconocimiento
- Movilidad
- Permitir la participación de entidades y organismos ajenos a la Universidad, tanto nacionales como internacionales, a través delas escuelas de doctorado.
DESARROLLO
- SOLICITUD DE ADMISIÓN. Requisitos legales de acceso:
- ADMISIÓN
- Idoneidad de las titulaciones que ostenta el aspirante para el desarrollo de la tesis que pretende llevarse a cabo.
- Currículum vítae.
- Interés del estudiante en la investigación a desarrollar.
- Interés de la UCLM en desarrollar dicha investigación.
- Coherencia con las líneas de investigación del programa.
- Dedicación que puede ofrecer el aspirante para el desarrollo de la tesis.
- Disponibilidad de investigadores en la materia de interés del candidato.
- Disponibilidad de medios materiales.
- MATRÍCULA ANUAL OBLIGATORIA
- LÍMITE DE TIEMPO
- MECANISMOS DE SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO
- Asignación de tutor y director/es
- TUTOR: Se nombra en la misma carta de admisión.
- DIRECTOR/ES DE TESIS: Pueden ser hasta 3. Se asignan en el plazo de 2 meses desde la matrícula.
- Documentos de seguimiento
- COMPROMISO DOCUMENTAL, que es una especie de contrato que determina las obligaciones de todos los implicados en la realización de una tesis doctoral: doctorando, tutor, director y coordinador del programa de doctorado.
- PLAN DE INVESTIGACIÓN, en el que se plasmará el tema objeto de la tesis, los objetivos y resultados esperables, la bibliografía y los medios a utilizar, la metodología, la planificación temporal y el plan de movilidad del doctorando. SUSTITUYE AL PROYECTO DE TESIS.
- DOCUMENTO DE ACTIVIDADES, que es el registro de todas aquellas actividades que, siendo coherentes con el Plan de investigación, realiza el doctorando bajo la supervisión de su tutor y director o directores.
El plan de Investigación y el Documento de Actividades serán evaluados anualmente por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.
- Asignación de tutor y director/es
Los criterios de admisión que las comisiones académicas de cada programa utilizaran para la selección de candidatos podrán ser:
Pueden solicitarse bajas por motivos personales o por enfermedad.
MODALIDAD | LÍMITE DE TIEMPO EN AÑOS |
---|---|
A tiempo completo | 3 + 1 + 1 |
A tiempo parcial | 5 + 2 + 1 |
DEFENSA DE LA TESIS DOCTORAL
REQUISITOS MENCIÓN INTERNACIONAL
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y RESPONSABILIDADES
ÓRGANOS | PRINCIPALES FUNCIONES |
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Escuela Internacional de Doctorado (EID) | Organizar las enseñanzas doctorales que le asigne el Consejo de Gobierno de la UCLM. |
Planificar la formación transversal. | |
Organizar másteres oficiales. | |
Establecer los derechos y deberes de profesores y doctorandos. | |
Elaborar el Código de Buenas Prácticas. | |
Aprobar su reglamento interno de funcionamiento. | |
Establecer y revisar los sistemas de calidad. | |
Asumir las funciones de la actual Comisión de Doctorado. | |
Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado (CAPD) | Establecer los requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los estudiantes, así como los complementos formativos. |
Resolver las solicitudes de admisión al programa, asignando tutor al doctorando. | |
Asignar director o, en su caso, codirectores de tesis. | |
Evaluar anualmente:
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Autorizar las estancias de los doctorandos en instituciones o centro de investigación ajenos a la UCLM. | |
Autorizar la presentación de las tesis doctorales. | |
Proponer los expertos para la revisión previa de tesis doctorales. | |
Proponer los tribunales de evaluación de las tesis doctorales. | |
Evaluar y autorizar, en su caso, las solicitudes de prórroga del periodo de tesis y las de baja temporal en el programa de doctorado. | |
COORDINADOR DE PROGRAMA (Doctor con al menos 2 sexenios y que haya dirigido al menos 2 tesis) | Presidir la Comisión Académica. |
Proponer al Rector la designación de los miembros de la CAPD. | |
Formar parte del Comité de Dirección de la EID. | |
DIRECTOR DE TESIS (Doctor con al menos 1 sexenio. Puede ser externo a la UCLM) | Dirigir las actividades de investigación del doctorando. |
Autorizar los trámites de elaboración y defensa de la tesis. | |
TUTOR (Doctor con al menos 1 sexenio y con vinculación a la UCLM) | Mediar entre el doctorando y la CAPD. |
Velar por la adecuación de la formación doctoral. |
REFERENCIAS LEGALES
- Normativa Estatal y Autonómica
Estatal:- Ley Orgánica 6/2001, de21 de diciembre, de Universidades.
- Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
- Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado.
- Real Decreto 53/2013, de 12 de julio, por el que se modifican los Reales Decretos 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado y 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.
Autonómica:- Decreto 49/2013, de 25/07/2013, por el que se aprueba la creación de la Escuela Internacional de Doctorado, en la Universidad de Castilla-La Mancha.
- Normativa de la Universidad de Castilla-La Mancha
- Reglamento de los estudios de Doctorado de la Universidad de Castilla-La Mancha (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de noviembre de 2013).
- Resolución sobre la adecuación de las calificaciones de las tesis doctorales de la UCLM al Real Decreto 534/2013 de 12 de julio (15/07/2013).
- Propuesta de creación de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Castilla-La Mancha (EID-UCLM). Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de noviembre de 2012.